No pierdas el tren, digitaliza tu negocioKit Digital
Logotipos de Instituciones que soportan el programa Kit Digital
¿Qué es el Kit Digital?
Como consecuencia de la crisis económica que ha provocado el COVID-19, la Unión Europea ha destinado unos fondos económicos para reactivar la economía y el empleo en Europa. Estos fondos son conocidos como Fondos Next Generation.
España recibirá 140.000 millones de euros hasta el año 2026, y serán repartidos a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia que se plasmará en 4 líneas de actuación:
- Transformación Ecológica
- Transformación Digital
- Cohesión Social y Territorial
- Igualdad de Género
Dentro de la línea de transformación digital, se ha definido un programa destinado a la digitalización de pymes y autónomos que se denomina Kit Digital.
Esta ayuda de los fondos europeos, cuenta con 3.000 millones de euros no reembolsables que permitirán a las empresas adoptar e implantar una serie de herramientas digitales para transformar sus negocios con menor esfuerzo económico por su parte.
Estamos ante una oportunidad ÚNICA para todas aquellas pequeñas empresas, microempresas y trabajadores autónomos que desean y necesitan poner en marcha la transformación digital de su negocio de la mano de profesionales (agentes digitalizadores) y de manera subvencionada.
¿En qué consiste esta ayuda?
La ayuda pone a tu alcance la transformación digital de tu negocio de forma subvencionada. Podrás solicitar esta ayuda por tu cuenta o a través de agentes digitalizadores.
Según las características de tu empresa, podrás solicitar desde 2.000 € a 12.000 € de ayuda. Escogiendo entre un amplio catálogo de soluciones digitales.
En la primera convocatoria, anunciada por la administración, podrán ser objeto de subvención las empresas entre 10 y 49 empleados. Durante el verano se convocará a empresas de 3 a 10 empleados y por último se convocará a micropymes y autónomos.
Estas ayudas deben solicitarse a través de la plataforma Acelera Pyme.
No te pierdas este video explicativo
¿Por qué es tan importante la transformación digital en España?
El 92% de las empresas que hay en España, tienen cinco o menos empleados, por lo que la mayoría son Pymes o autónomos.
El problema o la oportunidad, es que según datos del INE de 2021, de estos 3 millones de empresas, solo el 26% de las pymes y el 20% de los autónomos han hecho alguna inversión en digitalización, lo que evidencia el potencial de las empresas en España y lo urgente e importante que es la digitalización.
Al digitalizar tu negocio, ganas visibilidad, incrementas la interacción con los potenciales clientes, optimizas los recursos comerciales y económicos, y por consecuencia, incrementas tus beneficios y resultados.
¿Quiénes son los agentes digitalizadores?
Son una figura que el Gobierno ha creado para ayudar a pymes y autónomos a lo largo de todo el proceso.
Desde acompañarte a solicitar tu kit digital, hasta implementarlo y ayudarte con toda la transformación digital de tu negocio.
Para ser agente digitalizador hay que cumplir una serie de características como empresa de desarrollo de software, hay varios filtros como el volumen de facturación anual o los años de experiencia.
Te ayudamos de forma gratuita a registrarte en la plataforma de Acelera pyme, hacer el test de autodiagnóstico y solicitar el bono digital.
¿Cómo puedo saber qué soluciones necesita mi negocio?
Si quieres saber qué solución o soluciones digitales son las que tu negocio necesita, el portal de Acelera Pyme ha habilitado una plataforma de autodiagnóstico que analiza el grado de digitalización de tu negocio.
De esta manera, en función de tus resultados, identifica las áreas en donde deberías enfocar tu proceso de digitalización.
Para acceder, tienes que entrar en Acelera Pyme, registrarte y realizar el Test de Autodiagnóstico.
¿Cuándo puedo solicitar la ayuda del Kit Digital?
Las ayudas del Kit Digital tendrán diferentes convocatorias.
Primero se convocará a las pymes de entre 10 y 49 trabajadores y se prevé que se pueda solicitar en el primer trimestre de 2022.
Respecto al resto de convocatorias, irán saliendo según establezca el Ministerio de Economía.
¿Cuánto dinero puedo solicitar?
Si consigues tu bono digital, podrás acceder a un máximo de importe según el tamaño de tu empresa.
El importe máximo se detalla en la tabla, y dependerá del tamaño de tu empresa:
| Segmentos de beneficiarios | Importe bono digital |
|---|---|
| Segmento I. Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados | 12.000 € |
| Segmento II. Pequeñas empresas o Microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados | 6.000 € |
| Segmento III. Pequeñas empresas o microempresas de entre 1 y 2 empleados y autónomos | 2.000 € |
¿Cómo sé si mi empresa necesita una transformación digital?
Cualquier empresa precisa de la digitalización y/o automatización de procesos de negocio.
Si necesitas asesoramiento, contacta con nosotros para que podamos estudiar tu caso.
¿En qué soluciones digitales podemos ayudarte?
Hay varias soluciones disponibles dentro del plan, tendrás que solicitar las que mejor se adapten a las necesidades de tu negocio.
Nosotros podremos ayudarte en dos tipos de soluciones digitales: Gestión de Clientes (CRM) y Automatización de Procesos (Facturación, Inventario, Integración, etc.)
Puedes ver más información sobre nuestros servicios en nuestra página de servicios.
* Todas las soluciones que integran el Kit Digital incluyen un servicio de soporte y mantenimiento durante 12 meses. Además, cada solución incluye un servicio de formación, para que puedas adquirir conocimientos suficientes para gestionar la herramienta, especialmente en materia de cumplimiento normativo.
¿Qué requisitos necesito cumplir para solicitar mi Kit Digital?
Averigua si puede ser para ti el bono digital y ¡transforma tu negocio con ayuda del Gobierno!
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener una antigüedad mínima de dos años.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas mínimas (de pequeña cuantía).